Mba’aismo: armonía entre esencia y jurisprudencia

Tolerancia, respeto, aceptación


Autor: Mba'a ONA'A BINDANG 

Primer premio del I Concurso de Ensayos Jurídicos de la revista "Hay Derecho en Guinea Ecuatorial"

Resumen

El presente ensayo jurídico titulado “Mba´aismo: armonía entre esencia y jurisprudencia”, analiza el ordenamiento jurídico de Guinea ecuatorial desde diferentes perspectivas, reconociendo la importancia de las cosmovisiones, la adaptación social y la formalización jurídica en la construcción de la identidad de las sociedades. A través de este análisis, se busca comprender mejor la brecha existente entre los legisladores y los sujetos de derecho, a fin de proponer soluciones para garantizar una legislación más acorde a las necesidades y experiencias reales de la comunidad local.

Se comienza con la perspectiva filosófica que analiza, de manera objetiva, tres cosmovisiones que definen y explican las prácticas diarias de cada sociedad. Se enfatiza la idea de que cada sociedad tiene sus propias costumbres arraigadas, y los individuos han de adaptarse a las exigencias derivadas de su contexto cultural.

En segundo lugar, se examina la perspectiva social, donde se demuestra que, a pesar de la influencia de la globalización, cada sociedad ha de conservar su identidad y particularidades culturales. Se resalta la necesidad de que los individuos se ajusten a las demandas resultantes de su cosmovisión, ya que son producto y resultado directo de la misma.

Y, al final, se analiza la perspectiva jurídica como el último escalón que formaliza y oficializa la esencia de las sociedades. Donde se destaca cómo las sociedades establecen leyes para convertir sus prácticas en instituciones reconocidas, y cómo esto les permite presentar con orgullo su identidad ante el mundo exterior

Introducción

Ayong ya ayong bese avuala mbe´eane nkie´e ovon[1]; Ubis societas, ubis ius[2]; to-ra-nai uchi no mon wo tate-nai de, to-ra-nai uchi no mon wo tate-nai[3]; tres frases que reflejan tres grandes cosmovisiones diferentes, pero, todas ellas en su conjunto, encierran una misma idea: cada grupo humano tiene sus valores culturales y la ley los legitima de acuerdo a la esencia de cada sociedad.

Anteriormente, aunque la globalización solo contaba con métodos tradicionales, demostró su capacidad de uniformizar la mente de los individuos. Con la llegada de internet, éstos se tornaron sofisticados y sus resultados mutaron de suficientes a altamente eficientes. En la actualidad, las interconexiones entre las sociedades se han vuelto más intensas y, a veces, resultan casi imperceptibles las diferencias existentes entre ellas. Sin embargo, es igualmente cierto que, cada sociedad tiene una cultura distintiva, su alma, su esencia; aquello que se mantiene o, por lo menos, ha de mantenerse inmutable frente a los vaivenes de la globalización e infranqueable a sus influjos, pues, es lo que nos hace ser nosotros y no otra cosa.

Guinea Ecuatorial, en su Ordenamiento Jurídico, enfrenta un demoledor choque de cosmovisiones; una situación que siembra un profundo y ancho abismo entre legisladores por una parte y sujetos de derecho por otra. Los primeros no conocen a los segundos, a falta de investigaciones sociales vitales para comprender sus necesidades y experiencias y garantizar la aceptación de las leyes a ser sancionadas. Por su parte, los segundos no se identifican con aquellas leyes vigentes que constriñen su esencia, pero solo pueden declarar con una voz muy tímida y prácticamente insonora.

El presente ensayo, analiza el ordenamiento jurídico ecuatoguineano en tres dimensiones: la perspectiva filosófica que presenta, de manera objetiva, tres cosmovisiones que definen y explican el quehacer cotidiano de cada sociedad. La social, donde a pesar de la influencia de la globalización, se demuestra que cada sociedad tiene sus costumbres y existe la necesidad de que los individuos se adecúen a las exigencias resultantes de las mismas. Y la perspectiva jurídica, donde las sociedades formalizan y oficializan su esencia, permitiendo así que sus prácticas puedan pasar a ser institucionales y presentables con orgullo ante el mundo exterior.

Desarrollo

La capacidad del planeta de presentar una diversidad de circunstancias geográficas, atmosféricas y ambientales en un solo entorno es sencillamente asombrosa, lo cual no solo provoca que la adaptación a estos entornos sea distinta, sino que obliga a los individuos a desarrollar actitudes, a veces, totalmente contrapuestas en su lucha por la supervivencia de la especie humana. 

La adaptación a los distintos entornos que presenta la naturaleza, da resultado a ciertas diferencias físicas, biogenéticas, de organización sociocultural, mentales hasta relevantes diferencias espirituales entre los individuos. De la adaptación nacen las cosmovisiones, las cuales, condicionan y estructuran la escala de valores de las sociedades y, al ser los individuos producto y resultado de las mismas, legitiman e institucionalizan sus maneras de pensar, hacer e incluso decir para hacer sus vidas más llevaderas.

Partiendo de lo puramente filosófico, sus implicaciones sociales posteriores, hasta lo netamente jurídico, las explicaciones son las siguientes:

Las tres grandes cosmovisiones:

La Cosmovisión occidental: se basa en la tradición científica y filosófica de Europa, pero que posteriormente se propagó en casi todo el mundo a través de la colonización, y se ha consolidado gracias a la globalización. Ha venido desarrollándose a lo largo de varios siglos y ha sido influenciada por diversas corrientes de pensamiento, como la mitología egipcia, el pensamiento grecolatino, el cristianismo y la ilustración.

En la cosmovisión occidental, se tiende a enfatizar la individualidad (antropocentrismo), pues, se valora en lo alto la autonomía y la capacidad de tomar decisiones racionales. Se busca explicar los fenómenos naturales y sociales a través de la observación, la experimentación y el razonamiento lógico. La ciencia y la tecnología desempeñan un papel importante en esa cosmovisión, ya que se consideran herramientas para descubrir y comprender las leyes y principios que rigen el universo.

También se ha desarrollado un sistema de valores basado en la ética y la moral, que ha sido influenciado por el cristianismo y otras tradiciones religiosas. Es importante tener en cuenta que la cosmovisión occidental no es homogénea y ha evolucionado a lo largo del tiempo. Ha habido diferentes corrientes de pensamiento y enfoques dentro de la cosmovisión occidental, como el racionalismo, el empirismo, el positivismo y existencialismo, entre otros.

Cosmovisión oriental: tiene sus raíces en los sistemas de pensamiento y filosofía tradicionales que se originaron en Asia, como el hinduismo, budismo, taoísmo y confucionismo. Estas tradiciones tienen una visión holística y espiritual del mundo, y enfatizan la interconexión de todos los seres y la armonía con la naturaleza.

En la cosmovisión oriental, todo el universo está interconectado y hay una energía vital o fuerza cósmica que fluye a través de todo. Esta energía se conoce con diferentes nombres en diferentes tradiciones, como Prana, en el hinduismo y budismo, Chí, en el taoísmo y Qi, en la medicina tradicional china. Se tiene una perspectiva cíclica del tiempo en contraste con la visión lineal en muchas culturas occidentales. Todo en el universo sigue ciclos naturales de creación, mantenimiento y disolución, y los seres humanos también están sujetos a estos ciclos.

La espiritualidad y la práctica religiosa son aspectos importantes de la cosmovisión oriental. Las tradiciones orientales enfatizan la búsqueda de la iluminación espiritual y la liberación del sufrimiento a través de la meditación, la contemplación y la práctica de la virtud.

Cosmovisión africana: engloba a las creencias, valores y perspectivas del mundo de los distintos pueblos africanos. Estas cosmovisiones son diversas y varían según la cultura y la ubicación geográfica de cada pueblo.

Por lo general, la Cosmovisión africana se caracteriza por una profunda conexión y respeto por la naturaleza y el medio ambiente. Se considera a la tierra como una entidad viva y sagrada, por tanto, todos los seres vivos están interconectados y los seres humanos son parte de un todo más grande y deben vivir en armonía con la naturaleza y todas las formas de vida.

Esta cosmovisión, tiene muy arraigada la espiritualidad y la creencia en seres y fuerzas sobrenaturales. Los rituales, las ceremonias y las prácticas espirituales son parte integral de la vida cotidiana de muchos pueblos y se utilizan para mantener el equilibrio y la armonía en el mundo. La transmisión de esta cosmovisión se realiza a través de la tradición oral, donde los conocimientos y las historias se transmiten de generación en generación. Estos conocimientos incluyen la relación con el entorno natural, la medicina, la agricultura sostenible y la sabiduría ancestral.

En definitiva, estas tres cosmovisiones, nos ofrecen la posibilidad de entender que el mundo es único pero que sus circunstancias son diversas. Los individuos deben, por tanto, desarrollar la capacidad de entender esta diversidad y tratar de armonizarla a través de la tolerancia, el respeto y la aceptación.

Las identidades locales frente al auge de la globalización:

Las sociedades, en función a su cosmovisión, diseñan diferentes estrategias para la organización familiar, comunitaria y social. Se establecen, a lo largo del tiempo, los distintos procedimientos para entrar en contacto con el ser supremo (Nszam, Dios, dioses, naturaleza, cosmos, etc.), las maneras de resolver los conflictos étnicos e interétnicos, los distintos rituales a llevar a cabo para la conformación de un nuevo núcleo familiar, así como otras tantas circunstancias sociales. 

Las cosmovisiones antes mencionadas, han entrado en contacto, de manera más intensa, gracias a la globalización y, lo cierto es que, aunque esta interconexión tendría que ser beneficiosa, desafortunadamente, la globalización arrastra un pecado original; lleva incrustado en sus genes el etnocentrismo arrollador con el que pretende uniformizar el mundo y aniquilar toda manifestación cultural que no case con los valores del egoísmo obsesivo, el mercantilismo inmoral y la competencia asesina. 

Como solución al ligero vicio de la Globalización, se presenta el Relativismo Cultural, como la actitud y el lenguaje de los iluminados; aquellos que han contemplado la Bondad Infinita y han logrado situarse un peldaño más por encima del etnocentrismo. Al ser el Relativismo Cultural el antídoto de las discordias mundiales, podría aportar a la globalización, no solo la diversidad de la que ya cuenta, sino también armonía entre todas las circunstancias aparentemente opuestas, siempre bajo el paraguas de la Tolerancia a la diversidad, el Respeto a las condiciones no propias y la Aceptación de todas las manifestaciones culturales existentes.

Preservar la Identidad Cultural local en pleno apogeo de la Globalización, por qué hacerlo y, sobre todo, cómo armonizarla con los influjos de la globalización vigente, este es el gran dilema que enfrenta y afronta la sociedad ecuatoguineana en general y su ordenamiento jurídico en particular. Tomando como base el libro de Rosendo Elá NSUE MIBUY, bien es sabido que la sociedad que hoy ya es conocida como ecuatoguineana y cada una de las etnias que la conforman, antes de la colonización, ya contaba con una organización social fuertemente consolidada.

En suma, cierto es que las sociedades han de adaptarse a los influjos de la globalización, pero dicha adaptación ha de partir de sus propios valores culturales, pues, se ha demostrado a lo largo de las generaciones que, las sociedades consiguen una verdadera armonía en su organización social en todos los niveles, solo cuando adecúan sus acciones a su esencia y cosmovisión.

La importancia de la ley:

El ser humano es inevitablemente un animal social incluso desde su propio nacimiento. En ocasiones se puede llegar a considerar que los individuos se encuentran esparcidos de arriba abajo por toda la sociedad, pero lo cierto es que no exactamente, pues, están minuciosamente organizados en subgrupos, siendo el fundamental de ellos la familia.

Para entender qué les une a los individuos a fin de que colaboren entre ellos y respeten las leyes, nos basaremos en un fragmento del libro de Yuval Noah Harrari donde explica que: cuando la revolución agrícola abrió oportunidades  para la creación de ciudades atestadas e imperios poderosos, la gente inventó relatos acerca de grandes dioses, patrias y sociedades anónimas para proporcionar los vínculos sociales necesarios. Aunque la evolución humana seguía arrastrándose a su paso usual de caracol, la imaginación humana construía asombrosas  redes de cooperación en masa, distintas a cualesquiera otras que se hubieran visto en la Tierra. Para Yuval, así es como nacieron los primeros resquicios de establecer unas normas que regulasen el comportamiento de los individuos, pues, la clave es y ha sido siempre, la creencia en mitos compartidos.

La ley es costumbre legitimada. El libro de Harold Kerbo realiza un recorrido por casi todas las formas de organización social existidas: de los cazadores recolectores, los sistemas feudales, el sistema de castas hasta la sociedad de clases, todas ellas, demuestran que cada sociedad diseña leyes acordes a sus valores para legitimar sus usos y costumbres y hacerlos perdurar en el tiempo. Otro ejemplo claro son el Código de Hammurabi, la Declaración de Independencia de los Estados Unidos, hasta las constituciones de los países actuales; cada uno, se fundamenta en la esencia y cosmovisión de sus correspondientes sociedades.

La ley es, ante todo, una mitología compartida, pero su papel es fundamental para garantizar el orden, la justicia y demás derechos. La ley establece reglas y normas que permiten resolver los conflictos y regular los diferentes aspectos de la vida en sociedad como el comercio, la propiedad, las relaciones laborales, entre otras. Al respecto, el ordenamiento jurídico ecuatoguineano, tendría que basarse tanto en el preámbulo de su Ley Fundamental que declara: “Deseosos de mantener el auténtico espíritu africano de la tradición positiva, la organización familiar y comunal, adaptándolo a las nuevas estructuras sociales y jurídicas acordes a la vida moderna”, como en el artículo 6, sobre fomento y promoción de la cultura y la conservación del patrimonio cultural, sin embargo, existe una amarga contradicción; ciertas leyes, en vez de legitimar las costumbres locales, las constriñen y acaban disipando su esencia.

Independientemente de la Jerarquía Normativa vigente en el país, la supremacía de la Constitución (Ley Fundamental) sobre los Tratados Internacionales, así como la prioridad de las leyes subregionales sobre las nacionales, el primer paso hacia la regulación de la persona del niño, niña y adolescente como sujeto de derecho en Guinea Ecuatorial, puede concretarse en la previa adopción de la Convención sobre los Derechos del Niño el 20 de noviembre de 1989 y su posterior ratificación el 15 de junio de 1992. Tras la adopción de la Convención, llegaría el 11 de julio de 1990 la Carta Africana sobre los Derechos y el Bienestar del Niño con el objetivo de adecuar dicho elemento legal a los valores africanos.

Aunque la Ley Fundamental, en su artículo 23 [4] declare que:

“El Estado protege a la persona desde su concepción y ampara al menor para que pueda desenvolverse normalmente y con seguridad para su integridad moral, mental y física, así como su vida en el hogar”.

Aquello declara implícitamente al Niño como sujeto de derecho y nos hace considerarle como tal. Sin embargo, en el artículo 8 viene a resaltar que: “el Estado ecuatoguineano acata los principios de derecho Internacional y reafirma su adhesión a los derechos y obligaciones que emanan de las Organizaciones y Organismos Internacionales a los que se ha adherido”[5]. Por tanto, la regulación de la situación del Niño en la sociedad ecuatoguineana se podría reducir primordialmente a la Convención, debido a la inexistencia de una ley nacional especial sobre Protección de los Derechos del Niño.

La Convención es una ley que encarna el espíritu y valores de otra cosmovisión, lo cual crea cierta confusión en la población local, pues divaga entre las exigencias internacionales ajenas a su esencia, por una parte, y la necesidad, obligación y responsabilidad de inculcar valores humanos al Niño acordes a su realidad sociocultural por otra.

En definitiva, el ordenamiento jurídico ecuatoguineano visto como la herramienta con que cuenta las sociedad para legitimar sus valores culturales y hacerlas presentables ante el mundo exterior, tendría que ser afín a la cosmovisión local y no dejarse imbuir por las exigencias externas, pues, aquello reprime la voluntad del pueblo y entorpece el desarrollo de la sociedad.

Conclusión

Las cosmovisiones como formas de concebir el mundo son únicas y diferentes, ninguna es superior a la otra. Esta realidad demuestra lo diverso que es el mundo y que, las sociedades tendrían que desarrollar una mentalidad de tolerancia, respeto y aceptación a la diversidad.  Cada sociedad diseña su Marco jurídico basándose en sus valores, usos y costumbres, con el objetivo de legitimar su identidad y preservar su cultura. 

Guinea ecuatorial, en el preámbulo de su Ley Fundamental, muestra la intención de mantener el espíritu africano de la tradición positiva, la organización familiar y comunal, adaptándolo a las nuevas estructuras sociales y jurídicas acordes a la vida moderna. Sin embargo, existe la preocupación de que, las leyes actuales en el país, parecen alejarse de esta intención y obligar a los ciudadanos a adoptar actitudes no acordes a su verdadera esencia y forma de ser.

La ley es un instrumento en constante evolución y ha de reflejar los valores y necesidades cambiantes de una sociedad. En ese sentido, se ha de replantearse si las leyes actuales del país realmente se alinean con los valores y la esencia de la verdadera cosmovisión africana y ecuatoguineana. Aquello, ayudaría a la preservación de la cultura y la identidad, la protección de los derechos individuales y colectivos, así como la promoción de la equidad y la justicia social.

Cierto es que los procesos de reforma jurídica son lentos, pero tendrían que contar con la participación activa de la sociedad en su conjunto, con el objetivo de desarrollar un marco jurídico que refleje y proteja adecuadamente la identidad y los valores de Guinea Ecuatorial, preservando la tradición y adaptándose a las realidades y necesidades de la vida moderna. Este es un desafío significativo, pero con el compromiso y la colaboración de todos los actores involucrados, es posible encontrar un equilibrio que permita el desarrollo y el respeto de la esencia y la cultura del país. 

“Todo sea por una Guinea Ecuatorial diferente"

[1] Sabiduría fang, cosmovisión africana. Insiste en que cada cultura cuenta con sus usos y costumbres.

[2] Frase latina, cosmovisión occidental. Evoca la naturaleza social del derecho.

[3] Filosofía japonesa, cosmovisión oriental. Explica la importancia de respetar las costumbres de los demás.

[4] Art. 23 de la Ley fundamental de Guinea Ecuatorial (2012)

[5] Art. 8 de la Ley fundamental de Guinea Ecuatorial (2012)

Fuentes de Información

Libros

Harare, Y. N. (2011). Sapiens: de animales a dioses. Debate.

Kerbo, H. R. (2013). Estratificación social y desigualdad. Sage.

Nsue Mibuy, R. E. (2018). Historia de Guinea ecuatorial. Didier Press.

Ritzer, G. (1992). Teoría Sociológica Clásica. Prentice Hall.

Ritzer, G. (1995). Teoría Sociológica Moderna. Mcgraw-Hill lnteramericana de España, S. A.

Ritzer, G. (2008). Teoría Sociológica Contemporanea. Mcgraw-Hill lnteramericana de España, S. A.

Legislación

Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada en 1989.

Decreto Nº 21/2013, de fecha 28 de enero, por el que se crea el Parlamento de Niños en la República de Guinea Ecuatorial.

Ley Fundamental de Guinea Ecuatorial, promulgada en 2012.

Informes 

Informe Periódico Combinado II, III y IV sobre la implementación de la Convención. sobre los Derechos del Niño en la República de Guinea Ecuatorial (2005-2018).

Proyecto Piloto de Modernización de Registro Civil en Guinea Ecuatorial (2019).

Reporte Final Fortalecimiento Protección de la Infancia UNICEF (2019).